MISION

La Secretaría de Justicia , tiene como misión asistir al titular del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno y Justicia, en todo lo inherente a la coordinación, programación, planificación, ejecución y seguimiento de las políticas y planes conducentes a la reafirmación del ejercicio de las libertades y el respeto de los derechos de los ciudadanos, la preservación de las libertades y del bienestar y tranquilidad de la comunidad en el marco de los principios y garantías constitucionales.

FUNCIONES

La secretaría de Justicia, tiene como funciones:

  1. Intervenir en las cuestiones institucionales en que estén en juego los derechos y garantías constitucionales de los habitantes y transeúntes de la Provincia.
  2. Proponer acciones tendientes a preservar el orden y la tranquilidad pública, con participación de los organismos competentes.
  3. Instrumentar medidas y acciones tendientes a lograr la convivencia armónica de los diversos sectores que conforman la sociedad, elaborando y ejecutando políticas que garanticen el ejercicio y respeto de las libertades y derechos de los ciudadanos, en particular, la aplicación de métodos alternativos de resolución de conflictos y mediación.
  4. Promover la conciencia ciudadana para un control eficiente sobre las acciones que desarrollen los prestadores de los servicios públicos y privados en la materia de su competencia.
  5. Coordinar, con los organismos pertinentes, las acciones tendientes al control y fiscalización de la venta,, expendio y/o suministro de todo elemento, producto o material considerado dañino para la salud.
  6. Realizar acciones de coordinación y de fortalecimiento institucional de las organizaciones del Tercer Sector, que propendan a la protección de la comunidad.
  7. Mantener comunicación con los organismos judiciales (federal y provincial), de derechos humanos, policiales y de seguridad a fin de coordinar y ejecutar acciones concretas, destinadas a garantizar los derechos de las personas físicas o jurídicas, y ciudadanos que pudieren ser perjudicados por acciones y/o conductas que provoquen alteraciones en la sociedad y el normal desarrollo de sus actividades y la convivencia social.
  8. Formular coordinadamente, con los organismos competentes, proyectos que tiendan a promover la prevención de los delitos o acciones que coarten los derechos y garantías de la sociedad, atendiendo los principios constitucionales y legales vigentes.
  9. Contribuir a la formación de una red comunitaria en la que interactúen las redes vecinales y sociales, con la finalidad de propender a la no vulneración de los derechos de los ciudadanos y personas, garantizados por las normas constitucionales vigentes.
  10. Coordinar y planificar con los organismos competentes, operativos y acciones de prevención y respuesta a conflictos sociales y situaciones de crisis institucional que impongan la intervención del Estado Provincial.
  11. Incorporar oportunamente todo derecho u obligación tendiente al perfeccionamiento del organismo.
  12. En general, al atención de las demás gestiones que le encomiende el Gobierno de la Provincia, en la materia de su competencia.